Régimen fiscal 608: Demás ingresos
Es el régimen de los ingresos de personas físicas que no entran en ningún otro: por ejemplo, deudas que te perdonan, ganancias cambiarias o ingresos ocasionales.
- Clave
- 608
- Descripción oficial
- «Demás ingresos»
- Catálogo
- c_RegimenFiscal (CFDI 4.0)
- Aplica a
- Personas físicas
Cómo paga sus impuestos
Esos ingresos se acumulan en la declaración anual y, en algunos casos, se hacen pagos provisionales.
Usos de CFDI que acepta el régimen 608
Al facturarle a alguien en este régimen, el uso de CFDI tiene que ser uno de estos:
- D01Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios
- D02Gastos médicos por incapacidad o discapacidad
- D03Gastos funerales
- D04Donativos
- D05Intereses reales por créditos hipotecarios (casa habitación)
- D06Aportaciones voluntarias al SAR
- D07Primas por seguros de gastos médicos
- D08Gastos de transportación escolar obligatoria
- D09Depósitos en cuentas para el ahorro, primas de pensiones
- D10Pagos por servicios educativos (colegiaturas)
- S01Sin efectos fiscales
- CP01Pagos
Preguntas frecuentes
¿Qué es el régimen fiscal 608?
608 es «Demás ingresos». Es el régimen de los ingresos de personas físicas que no entran en ningún otro: por ejemplo, deudas que te perdonan, ganancias cambiarias o ingresos ocasionales.
¿Cómo paga impuestos el régimen 608?
Esos ingresos se acumulan en la declaración anual y, en algunos casos, se hacen pagos provisionales.
¿Qué uso de CFDI pongo en una factura para el régimen 608?
El SAT acepta estos usos para el régimen 608: D01, D02, D03, D04, D05, D06, D07, D08, D09, D10, S01, CP01. Si pones uno que no está en la lista, la factura se rechaza al timbrar.
¿Dónde veo mi régimen fiscal?
En tu Constancia de Situación Fiscal, en la sección «Regímenes». Puedes descargarla gratis en el portal del SAT con tu RFC y contraseña.