Quién tiene derecho
Todas las personas con una relación de trabajo: de planta, eventuales, por obra, de confianza y de medio tiempo. No importa cuánto tiempo lleves ni si sigues trabajando ahí en diciembre: si trabajaste aunque sea unos días del año, te toca la parte proporcional.
No aplica si cobras por honorarios o emites facturas por tus servicios, porque ahí no hay relación laboral. En ese caso lo que te importa es cuánto te retienen: revísalo con la calculadora de retenciones.
Cuándo se paga en 2026
La Ley Federal del Trabajo (art. 87) dice que se paga antes del 20 de diciembre. En 2026, el 20 de diciembre cae en domingo, así que tu aguinaldo debe estar pagado a más tardar el viernes 18 o el sábado 19. Muchas empresas lo pagan antes, en la primera quincena de diciembre.
Trabajadores del gobierno
Cómo se calcula
- Saca tu salario diario: tu sueldo mensual bruto entre 30 (si cobras por quincena, entre 15).
- Multiplícalo por los días de aguinaldo que te dan: 15 como mínimo, o los que diga tu contrato.
- Si no trabajaste el año completo, multiplica por los días trabajados entre 365.
Con 15 días y el año completo, así queda:
| Sueldo mensual | Salario diario | Aguinaldo bruto | ISR | Recibes |
|---|---|---|---|---|
| $12,000.00 | $400.00 | $6,000.00 | $366.29 | $5,633.71 |
| $15,000.00 | $500.00 | $7,500.00 | $763.11 | $6,736.89 |
| $30,000.00 | $1,000.00 | $15,000.00 | $2,584.43 | $12,415.57 |
Aguinaldo proporcional
Si entraste a trabajar este año, te toca la parte de los días que llevas, contando desde tu fecha de ingreso hasta el 31 de diciembre. La fórmula es:
salario diario × 15 × días trabajados ÷ 365
Ejemplo: entraste el 1 de julio de 2026 y ganas $15,000.00 al mes. Al 31 de diciembre llevas 184 días, así que te tocan 7.56 días de aguinaldo: $3,780.82 brutos. Como casi todo queda dentro de la parte exenta, el ISR es de solo $46.86.
Cuánto ISR te quitan
El aguinaldo no paga ISR hasta 30 UMA (Ley del ISR, art. 93, fr. XIV). En 2026 la UMA diaria es de $117.31, así que la parte exenta es de $3,519.30. Solo lo que pasa de ahí se suma a tu sueldo del mes y paga ISR con la tarifa normal.
Por eso, aunque el aguinaldo se vea grande, el ISR suele ser mucho menor de lo que la gente teme: con un sueldo de $15,000.00 te retienen alrededor de $763.11 de un aguinaldo de $7,500.00. La cantidad exacta puede variar un poco, porque tu patrón puede usar otro método de cálculo permitido por el Reglamento de la Ley del ISR (art. 174), que a veces da una retención menor.
Renuncia, despido e incapacidades
- Si renuncias o te despiden: no pierdes el aguinaldo. Te tienen que pagar la parte proporcional en tu finiquito, junto con vacaciones y prima vacacional pendientes.
- Incapacidad por enfermedad general: es una causa de suspensión de la relación de trabajo (LFT, art. 42, fr. II): mientras dura, el patrón no tiene que pagar salario, y por eso puede no contar esos días para el aguinaldo.
- Incapacidad por riesgo de trabajo (un accidente o enfermedad por tu trabajo) y por maternidad: no están entre las causas de suspensión del art. 42, así que esos días sí cuentan.
Si no te pagan
- Pídelo por escrito a tu patrón o a recursos humanos y guarda una copia.
- Acude gratis a la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) o a la procuraduría de tu estado: te asesoran y te acompañan en la conciliación.
- Tienes un año para reclamarlo, contado desde el día siguiente a la fecha límite de pago (LFT, art. 516).
Además, el patrón que no paga el aguinaldo se expone a una multa de 50 a 5,000 UMA (LFT, art. 1002): de $5,865.50 a $586,550.00 en 2026.
¿Ya sabes cuánto te toca?
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la fecha límite para pagar el aguinaldo 2026?
Antes del 20 de diciembre (Ley Federal del Trabajo, art. 87). En 2026 el 20 cae en domingo, así que conviene contar con él a más tardar el viernes 18 o el sábado 19, según los días que trabaje tu empresa.
¿Cuántos días de aguinaldo me tocan?
Por ley, al menos 15 días de salario por año completo. Tu contrato o tu empresa pueden darte más (20, 30 o 40 días son comunes); nunca menos.
¿El aguinaldo se calcula con el sueldo bruto o con el neto?
Con el salario diario bruto (antes de impuestos): tu sueldo mensual entre 30. A ese aguinaldo bruto se le resta después el ISR de la parte que pasa de 30 UMA.
¿Me toca aguinaldo si entré a trabajar este año?
Sí, la parte proporcional a los días que llevas, sin importar cuántos sean. La ley lo dice expresamente: aunque no hayas cumplido el año, «cualquiera que fuere» el tiempo trabajado.
¿Si cobro por honorarios o facturo me toca aguinaldo?
No. El aguinaldo es una prestación de quien tiene una relación de trabajo (patrón, horario, subordinación). Si cobras por honorarios o emites facturas, no aplica, salvo que tu contrato diga otra cosa. Si en los hechos sí eres un empleado, puedes reclamarlo.
¿Cuánto aguinaldo reciben los trabajadores del gobierno?
Los trabajadores al servicio del Estado (burócratas federales) reciben al menos 40 días de salario: la mitad antes del 15 de diciembre y la otra mitad a más tardar el 15 de enero (Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, art. 42 Bis).
Fuentes oficiales
- Ley Federal del Trabajo, arts. 42, 87, 516 y 1002
- Ley del Impuesto sobre la Renta, art. 93, fr. XIV (exención de 30 UMA)
- Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, art. 42 Bis
- INEGI: Unidad de Medida y Actualización 2026
- PROFEDET: Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo
Revisada el 19 de octubre de 2026. Esta guía es informativa y no sustituye la asesoría de un contador.