Cancelar una factura en el SAT es gratis y se hace en unos minutos desde el portal. Desde 2022, cada cancelación lleva un motivo y, en la mayoría de los casos, tu cliente tiene que aceptarla. Además, cuando cancelas una factura de ingresos tienes que poder justificar por qué (art. 29-A del CFF): guarda los correos o documentos que lo expliquen.
Antes de cancelar
Ten a la mano:
- El folio fiscal (UUID) de la factura: 32 letras y números que vienen en el XML y en el PDF.
- Tu e.firma o tu CSD, igual que para emitir la factura.
- Si te equivocaste en un dato: la factura nueva ya emitida, con los datos correctos (ver abajo).
Los 4 motivos de cancelación
- 01 Comprobante emitido con errores con relación: la factura tenía un error y ya emitiste otra que la sustituye. Al cancelar indicas el folio fiscal de la nueva. Es el más común.
- 02 Comprobante emitido con errores sin relación: la factura tenía un error, pero no hace falta una nueva. Por ejemplo, si facturaste dos veces la misma venta.
- 03 No se llevó a cabo la operación: la venta o el servicio no se hicieron. Por ejemplo, tu cliente se echó para atrás después de que le facturaste.
- 04 Operación nominativa relacionada en una factura global: incluiste una venta en tu factura global al público en general y después el cliente te pidió factura a su nombre.
Me equivoqué: cómo sustituir una factura
Si pusiste mal el RFC, el nombre, el código postal, el régimen o el uso del CFDI de tu cliente, o un monto equivocado, el orden importa: primero la nueva, después la cancelación. Así tu cliente nunca se queda sin factura.
- Emite la factura nueva con los datos correctos. En «CFDI relacionados» elige el tipo de relación 04 Sustitución de los CFDI previos y escribe el folio fiscal de la factura equivocada.
- Cancela la equivocada con el motivo 01 y el folio fiscal de la nueva.
- Envíale a tu cliente el XML y el PDF de la factura nueva y avísale de la cancelación, para que la acepte.
Para no volver a equivocarte
Paso a paso en el portal del SAT
- Entra a Factura electrónica en sat.gob.mx y elige Cancela y recupera tus facturas.
- Inicia sesión con tu RFC y contraseña, o con tu e.firma.
- Elige Consultar facturas emitidas y busca la factura por su folio fiscal o por fecha.
- Selecciónala y dale Cancelar.
- Elige el motivo (01, 02, 03 o 04). Con el 01, escribe el folio fiscal de la factura que la sustituye.
- Firma la solicitud con tu e.firma o tu CSD y descarga el acuse de cancelación.
Si tu cliente tiene que aceptarla, la factura queda «En proceso» hasta que responda. Puedes revisar en qué va cuando quieras:
¿Tiene que aceptar tu cliente?
Por regla general, sí. Tu cliente recibe la solicitud en su buzón tributario y en el portal del SAT, y tiene 3 días hábiles para aceptarla o rechazarla. Si no responde, la cancelación se da por aceptada.
No hace falta que la acepte, entre otros casos, cuando la factura:
- Es por un monto de hasta $1,000.
- Se cancela a más tardar el día hábil siguiente a su emisión.
- Se emitió al público en general (RFC XAXX010101000) o a un residente en el extranjero.
- Es de egreso (nota de crédito), de nómina o de traslado.
Los complementos de pago siempre requieren que el cliente acepte, aunque sean de menos de $1,000. La lista completa de excepciones está en la Resolución Miscelánea Fiscal y cambia de vez en cuando: si tienes un caso especial, confírmalo con tu contador.
Hasta cuándo puedes cancelar
Una factura se puede cancelar a más tardar en el mes en que se presenta la declaración anual del año en que la emitiste (art. 29-A del CFF):
- Personas físicas: hasta el 30 de abril del año siguiente.
- Personas morales: hasta el 31 de marzo del año siguiente.
Por ejemplo, una factura de noviembre de 2026 emitida por una persona física se puede cancelar hasta abril de 2027. Después ya no se puede, y cancelarla fuera de plazo, o no cancelar una factura que emitiste por error, tiene una multa del 5% al 10% del monto de cada factura (arts. 81 y 82 del CFF). Si ves un error, corrígelo cuanto antes.
Preguntas frecuentes
¿Puedo editar una factura en lugar de cancelarla?
No. Una factura timbrada no se puede modificar. Si tiene un error, se emite una nueva con los datos correctos y se cancela la anterior con el motivo 01.
¿Qué motivo uso si me equivoqué en un dato?
El 01 (comprobante emitido con errores con relación), después de emitir la factura que la sustituye. El 02 se usa cuando el error no requiere una factura nueva, por ejemplo, porque facturaste dos veces lo mismo.
¿Cuánto tiempo tiene mi cliente para aceptar la cancelación?
3 días hábiles. Si no la acepta ni la rechaza en ese plazo, la cancelación se da por aceptada.
¿Qué pasa si mi cliente rechaza la cancelación?
La factura sigue vigente. Habla con tu cliente, explícale el motivo y vuelve a enviar la solicitud cuando esté de acuerdo.
¿Cancelar una factura tiene costo?
En el portal del SAT es gratis. Lo que sí tiene costo es cancelar fuera de plazo o no cancelar una factura emitida por error: la multa es del 5% al 10% del monto de cada factura.
¿Cómo sé si la factura ya quedó cancelada?
Consulta su estado con el folio fiscal, el RFC del emisor y del receptor y el total. Si dice «Cancelado», quedó; si dice «En proceso», todavía espera la respuesta de tu cliente.
¿Puedo cancelar una factura del año pasado?
Sí, siempre que no haya pasado el mes en que se presenta la declaración anual de ese año: hasta abril si eres persona física y hasta marzo si eres persona moral.
Fuentes oficiales
- Código Fiscal de la Federación, art. 29-A (plazo y aceptación de la cancelación) y arts. 81, fr. XLVI, y 82, fr. XLII (multa)
- SAT: Factura electrónica (cancelación de facturas)
Revisada el 11 de octubre de 2026. Esta guía es informativa y no sustituye la asesoría de un contador.